5.6. EL DEBIDO PROCESO
Es el marco protector de los estudiantes que están siendo formados, no evita las sanciones sino la arbitrariedad en la aplicación de los mismos. Es el derecho que garantiza la atención completa y oportuna a un estudiante en la resolución de una situación de convivencia por este medio. Se refiere al ordenamiento secuencial de acciones y registros documentados, que se siguen en cada intervención realizada con un estudiante. Sus principios son:
- Participación del estudiante y padre de familia.
- Reconocimiento de la dignidad humana.
- Presunción de veracidad.
- Presunción de inocencia.
- Principio de la resolución de la duda.
- Principio de impugnación.
- Toda sanción es susceptible de consulta, resolución y apelación.
- Principio de favorabilidad.
5.6.1. Etapas del Debido Proceso
Todo proceso de convivencia sigue el Debido
Proceso estipulado en la Ruta de Atención a Situaciones de Convivencia de la
I.E.T. Lisandro Cely, el cual contiene:
1. La queja o el conocimiento de la situación
2. Indagación preliminar- Descargos
3. Apertura del proceso.
4. Comunicación y notificación.
5. Pruebas (testimonios, documentales,técnicas)
6. Decisión de primera instancia.
7. Recursos de reposición y de apelación.
8. La decisión de la segunda instancia.
9. Ejecución de la sanción.
5.6.2. Conducto Regular
Esta figura
se asocia más a la escala jerárquica, en la que buscamos eficiencia en la
resolución de una situación. Ocurre
cuando a las instancias superiores llegan los problemas que no se han podido
resolver en las bases. El conducto
regular no solamente se activa por conflictos o problemas, sino cuando tiene
una propuesta. Se trata de una manera informal de tratar situaciones, con base
en la autoridad y en la línea jerárquica de intervención.
+ Estudiante – Estudiante
+ Estudiante – Docente (Con el apoyo de líder respectivo)
+ Director de grupo.
+ Coordinación de convivencia.
+ Rectoría.
+ Comité de convivencia escolar.
+ Consejo Directivo.
RUTAS DE ATENCIÓN A SITUACIONES DE CONVIVENCIA,
INSTITUCIONALES, MUNICIPALES Y NACIONALES
5.6.3.
El Derecho a la defensa de las partes.
En toda situación de convivencia que por
alguna circunstancia resulte no satisfecha para alguna de las partes es
legítimo acudir a los recursos de reposición y de apelación.
Recurso de Reposición:
Recurso de Reposición:
Tiene por objeto, que quien aplicó la decisión la revoque
o la reforme. Este recurso será
interpuesto dentro de los tres días hábiles siguientes.
Recurso de Apelación:
Recurso de Apelación:
Consiste en que el estamento superior estudie la decisión
tomada en primera instancia y pueda revocarla y reformarla. Este recurso será
interpuesto ante el superior inmediato de la autoridad que lo profirió dentro
de los tres días hábiles.
5.6.4. Los protocolos
Hacen parte del procedimiento de atención a las
situaciones de convivencia que afectan el ambiente escolar y el ejercicio de
los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Están en coherencia con la ley 1620, Decreto 1965 y la Guía 49 del MEN
para la convivencia escolar. La Institución Educativa Lisandro Cely dispone de
estos tanto en cada una de las sedes como en la Coordinación de Convivencia los
cuales comprenden:
- Listado de verificación para realizar la clasificación de las situaciones del
componente de atención en el que se describe la situación y se clasifica como
Tipo I, Tipo II o Tipo III.
- Listado de verificación para realizar la atención de las situaciones de
convivencia, luego de su clasificación. Está en coherencia con el mapa de la
Ruta de Atención Interna a las situaciones de convivencia de la Institución
Educativa Técnica Lisandro Cely.
RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL: LEY
1620 DE 2013
SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA
ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS
RUTAS DE ATENCIÓN
RUTA DE ATENCIÓN EN CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS-SPA
RUTA DE ATENCIÓN EN CONSUMO DE SUSTANCIAS PSICOACTIVAS-SPA
RUTAS DE ATENCIÓN AL SUICIDIO
RUTA DE ATENCIÓN SUICIDA MUNICIPIO DE MONGUA
LUJOGRAMA DE ATENCIÓN INTEGRAL A URGENCIAS A INTENTO
DE SUICIDIO
ATENCIÓN PARA SOBREVIVIENTES AL SUICIDIO
RUTAS DE ATENCIÓN CONTRA EL ABUSO SEXUAL
RUTAS DE ATENCIÓN A POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD
Parágrafo
1:
De acuerdo con la Circular conjunta-Rutas de atención en: Consumo de sustancias
psicoactivas-SPA, casos de violencia intrafamiliar, violencia sexual y atención
conductas suicidas, del 01 de febrero de 2018, publicada en la página de la
Secretaría de Educación de Boyacá www.sedboyaca.gov.co.
Con el
acompañamiento de la Secretaría de Salud y Secretaría de Desarrollo Humano del
Departamento de Boyacá, se realizarán mesas técnicas por parte del Comité
Municipal e Institucional de Convivencia Escolar, para conocer y difundir en la
comunidad las rutas mencionadas, igualmente serán compartidas en el blog
Institucional para que puedan ser consultadas por los integrantes del Establecimiento
Educativo.













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