6.4. SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES (SIEE)


RESOLUCIÓN N°07 ABRIL 27 DE 2016

"POR LA CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA LISANDRO CELY DE MONGUA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS."

La Rectora y el Consejo Directivo de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” de Mongua, en uso de las facultades que les confieren la ley 115 o Ley General De Educación de 1994, La ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y la Adolescencia), el Decreto reglamentario 1860 de 1994, la resolución 2343, el decreto 1290 de 2009, y demás normas vigentes.


CONSIDERANDO:

1. Que la Ley 115 de Febrero 8 de 1994, en sus artículos 77 y 78 y el decreto 1290 de 2009, confieren autonomía escolar a los establecimientos educativos.

2. Que es menester establecer y precisar los criterios a seguir para efectos de la evaluación y promoción de los estudiantes.

3. Que la evaluación y la promoción escolar como actos educativos deben ser procesos permanentes, en los cuales se valoren todas las facetas de los estudiantes, en aras de la integralidad.

4. Que es fundamental velar por la formación integral de nuestros educandos, de acuerdo con el PEI de la institución y su filosofía educativa.

5. Que el consejo académico, como máximo organismo de carácter pedagógico, discutió y elaboró una propuesta sobre evaluación y promoción de los estudiantes de la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” de Mongua.

6. Que en concordancia con el decreto 1290 del 16 de abril de 2009, que establece los criterios para efectos de promoción y evaluación escolar; y que ordena a la institución educativa definir el sistema de evaluación de sus estudiantes.

7. Que el Consejo Directivo estudió y aprobó la propuesta en todas sus partes.

RESUELVE:

Artículo 1. En la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” de Mongua, la evaluación se entiende como un proceso de mejoramiento continuo de los estudiantes, orientado a descubrir sus potencialidades y a conocer sus limitaciones para superarlas.

Artículo 2. De conformidad con las disposiciones legales vigentes, en la Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” de Mongua, la evaluación de los estudiantes es continua e integral, y va acompañada de una orientación para la toma de decisiones con el objeto de avanzar en el proceso formativo, en el cual están incluidas las disciplinas académicas, personales, sociales y los proyectos de grado, de acuerdo con el ritmo de aprendizaje de cada educando.

Artículo 3. Los objetivos de la evaluación son:

- Valorar el alcance y la obtención de logros, competencias y conocimientos definidos en el Proyecto Educativo Institucional.

- Estimular el afianzamiento de valores y actitudes.

- Identificar características personales, intereses, ritmos de desarrollo y estilos de aprendizaje.

- Determinar la promoción o no de los estudiantes en cada grado de la educación básica y media.

- Diseñar e implementar estrategias para apoyar a los educandos que presenten dificultades en sus procesos de aprendizaje.

- Suministrar información que contribuya a la autoevaluación académica de la institución y a la actualización permanente del plan de estudios.

Artículo 4. ESCALA DE VALORACIÓN DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “LISANDRO CELY” DE MONGUA Y SU EQUIVALENCIA CON LA ESCALA NACIONAL.

De acuerdo con la autonomía para las Instituciones Educativas, contemplada en el decreto 1290 de 2009, la siguiente es la escala valorativa equivalente a los criterios de dicho decreto.

DESEMPEÑO SUPERIOR          4.4 a 5.0
DESEMPEÑO ALTO               3.7 a 4.3
DESEMPEÑO BÁSICO             3.0 a 3.6
DESEMPEÑO BAJO               1.0 a 2.9

Artículo 5. Será requisito para tramitar la renovación de la matrícula la aprobación de todas las asignaturas del plan de estudios.

Artículo 6. La institución garantiza la promoción cuando los estudiantes matriculados cumplan con los siguientes criterios:

- Superar los desempeños necesarios establecidos en cada una de las ASIGNATURAS

- Aprobar todas las ASIGNATURAS del plan de estudio.

- Asistir por lo menos al 80% de las actividades académicas en cada una de las ASIGNATURAS

- Las recuperaciones de las asignaturas con deficiencias será en la última semana de cada periodo y se cierra la fase.

- La valoración final anual en cada ASIGNATURA, será el promedio de las valoraciones definitivas de los cuatro períodos.

- Ningún estudiante será promovido si no está académicamente al día en todas las asignaturas.

Parágrafo 1. Los educandos con dificultades de aprendizaje que al finalizar el año lectivo persistan con asignaturas pendientes y una vez agotadas todas las estrategias de apoyo podrán tener una oportunidad final al inicio del año siguiente y para un máximo de tres asignaturas. El desarrollo y sustentación de las actividades deberá hacerse durante la primera semana de desarrollo Institucional.

Todo plan de apoyo para la superación de logros pendientes incluirá mínimo tres estrategias diferentes, ninguna de ellas con un porcentaje superior al 40% del valor total de la nota y la temática corresponderá a aquellos logros donde se presentó la dificultad. En todos los casos será indispensable que el estudiante no tenga asignaturas pendientes  para ser promovido, siendo la primera semana del inicio del año escolar la fecha límite para la definición de situaciones pendientes.

Parágrafo 2La inasistencia injustificada de más del 20%  de las clases programadas para una asignatura, acarreará la pérdida de ésta. Son inasistencias justificadas: enfermedad, calamidad doméstica, requerimiento judicial, permiso por maternidad.

Artículo 7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

DESEMPEÑO SUPERIOR:

Se puede considerar al estudiante que:
Alcanza el 100%(cien por ciento) (4,4 y 5,0) en la valoración de sus procesos cognitivos y formativos, sin actividades de recuperación y cumple con los siguientes atributos:

- No tiene fallas, y aun teniéndolas, presenta excusas justificadas sin que su proceso de aprendizaje se vea mermado.

- No presenta dificultades en su comportamiento y en el aspecto convivencia con ninguna de las personas de la comunidad educativa.

- Desarrolla actividades curriculares que exceden las exigencias esperadas.

- Manifiesta sentido de pertenencia institucional.

- Participa en las actividades curriculares y extracurriculares.

- Valora y promueve autónomamente su propio desarrollo.

DESEMPEÑO ALTO: Al estudiante cuya valoración en sus procesos cognitivos y formativos se encuentra entre el 3,7 y el 4,3, en la valoración cumpliendo con los siguientes atributos:

- Alcanza todos los indicadores de logros propuestos, pero con algunas actividades de recuperación.

- Tiene fallas de asistencia justificada. Reconoce y supera sus dificultades.

- Desarrolla actividades curriculares específicas.

- Manifiesta sentido de pertenencia con la institución.

DESEMPEÑO BÁSICO: al estudiante cuya valoración en sus procesos cognitivos y formativos se encuentra entre 3,0 y 3, 6 cumpliendo con los siguientes atributos:

- Alcanza los indicadores de logro mínimos con actividades de recuperación dentro del período académico y/o de los espacios que la institución ha definido para el efecto.

- Presenta faltas de asistencia, justificada e injustificada. Presenta algunas dificultades de comportamiento. Desarrolla un mínimo de actividades curriculares requeridas. Manifiesta un sentido de pertenencia a la institución.

- Obtiene los indicadores de logro, evidenciando algunas dificultades.

DESEMPEÑO BAJO: Al estudiante cuya valoración en sus procesos cognitivos y formativos se encuentran entre 1,0 y 2,9 atendiendo los siguientes atributos:

- No alcanza los indicadores de logro mínimos o las insuficiencias persisten después de realizadas las actividades de recuperación. Presenta faltas de asistencia injustificadas.
- Presenta dificultades de comportamiento.
- No desarrolla el mínimo de actividades curriculares requeridas. No demuestra sentido de pertenencia institucional.

Parágrafo 1. La evaluación con la metodología de Escuela Nueva Activa, no se aplica el criterio de desempeño bajo, en razón a que la flexibilidad permite la promoción de los estudiantes de acuerdo con el ritmo de aprendizaje y la superación de los logros no alcanzados, respecto al decreto 1490, del 09 de julio de 1990.

Parágrafo 2. La sustentación de los proyectos productivos, debe tener una valoración igual o superior a 3.5. y equivaldrá al 50% de la nota del cuarto periodo para grado once.

ARTÍCULO 8. La valoración para cada una de las asignaturas toma  en cuenta las dimensiones cognitiva, procedimental y actitudinal, cuyos porcentajes serán determinados por la autonomía del docente de la asignatura.

ARTÍCULO 9. Promoción anticipada de grado. Durante el primer período bimensual del año escolar el consejo académico, previo solicitud de los padres de familia, recomendará ante el consejo directivo la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa.

El consejo académico en reunión estudiará, analizará y evaluará el rendimiento del educando y dejará consignada su decisión en un acta para remitir al consejo directivo y si es positiva autorizará para su respectivo registro escolar.

Parágrafo 1: Padres y estudiantes con las orientaciones de los docentes asumen la responsabilidad de la nivelación en todas las asignaturas correspondientes al primer período del grado al cual fue promovido. Las valoraciones del primer período serán las que el estudiante obtenga en el segundo período del grado al cual fue promovido. En caso de obtener desempaño BAJO en el segundo período, en una o más asignaturas, el plan de mejoramiento tendrá validez por primero y segundo período”.

ARTÍCULO 10. Los estudiantes con discapacidades de cualquier tipo, podrán realizar su proceso de socialización y solo repetirán un grado una sola vez.

Parágrafo 1. La valoración y registro sistemático para los estudiantes en el programa de inclusión en cada asignatura del conocimiento durante el periodo académico de acuerdo con la escala y las propuestas metodológicas así como didácticas de enseñanza para un mejor aprendizaje, flexibilización curricular e implementación de adecuaciones pertinentes.   

ARTÍCULO 11. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES.

La Institución Educativa Técnica “Lisandro Cely” de Mongua, según Decreto 1860/94 en sus artículos 47, 48, 49, en cabeza del Comité de Evaluación Decreto 1860/94 artículo 50, evaluará integral y permanentemente a los estudiantes en los siguientes procesos:

Formativo:

Formación en valores: Este proceso se desarrollará en forma transversal en todo el currículo, para significar y hacer énfasis en los valores propios de la filosofía humanista, como son: El amor, el respeto, la responsabilidad, La gratitud, La honestidad, Tolerancia, la autoestima, cooperación, sencillez, felicidad, la unidad, la autonomía, la humildad y la paz como expresión del sentido de pertenencia. Este proceso también se dará a través de los diferentes proyectos transversales ordenados por la Ley y en los propios del PEI.

Cognitivo, social y afectivo: Fundamentado en el desarrollo de competencias cognitivas, ciudadanas y laborales, en sus tres niveles: Interpretativo, Argumentativo y Propositivo.

En todo el proceso, la competencia básica, se entiende como un "SABER HACER EN CONTEXTO", es decir, frente a una tarea o trabajo específicos, se hace evidente cuando el sujeto entra en contacto con ella. En consecuencia, ser competente, más que poseer un conocimiento, es saber utilizarlo de manera adecuada y flexible en nuevas situaciones. La valoración conjunta de los procesos o dimensiones señalados se traduce en la formulación de logros promocionales.

ARTÍCULO 12. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR.

a. Al iniciar el período bimensual académico, los estudiantes recibirán, por parte de los profesores de la respectiva asignatura, la planeación de la misma, en la que se tienen en cuenta los logros e indicadores de logro, las competencias y la forma como serán evaluados en los desempeños propuestos para cada período académico.

b. Los docentes evaluarán en forma continua a cada estudiante según lo estipulado en el artículo 48 del decreto 1860/94,  además mediante encuestas, sociometría, coloquio, juego de roles, trabajos prácticos y de investigaciones, consultas, trabajos dirigidos, proyectos, talleres, trabajos de grupo, exposiciones, visitas, discusiones en pequeños grupos, puesta en común, análisis de textos, análisis de situaciones, pruebas orales y escritas, evaluación tipo SABER ICFES y demás experiencias individuales y grupales y otras formas de participación que reflejen el grado de respuesta de cada una, al modelo de educación personalizada que ofrece la Institución educativa.

c. Al terminar cada bimestre se entregará a los padres de familia un informe de los logros y desempeños alcanzados por los estudiantes con un juicio valorativo en cada una de las asignaturas, de acuerdo con la escala adoptada por la Institución. Se incluirán las recomendaciones y estrategias pertinentes para superar las dificultades. Al terminar el año escolar se les entregará un informe final.

d. El Consejo Académico de la Institución recibirá un informe de cada período, cuatro por año,  para evaluar el desempeño institucional, retroalimentar a las personas responsables de cada asignatura y generar los planes de acción respectivos.

e. Las valoraciones finales de cada periodo son sumativas y el quinto informe será el promedio de los cuatro periodos cursados.

ARTÍCULO 13. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES.

Estas actividades de apoyo estarán dentro de la planeación y ejecución curricular  de área y de aula que cada docente realice para los periodos y se desarrollarán a través de distintas estrategias pedagógicas y con el acompañamiento permanente de los padres de familia, los cuales se registraran por medio de actas.

La Institución ofrecerá espacios  de apoyo por cada periodo, así: se hará un proceso de recuperación, refuerzo y profundización durante la semana anterior a la terminación de las evaluaciones bimestrales del primer, segundo, tercero y cuarto periodo académico. 

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